Tu seguro para mascotas: tranquilidad y responsabilidad

Tener una mascota o animal de compañía es lo primero una responsabilidad, ya que la vida de un ser vivo está bajo tu protección y es necesario una serie de cuidados. Alimentación, higiene, educación…

 

 

 

Los seguros de animales de compañía resultan de gran utilidad. Con ellos no solo le proporcionas a tus mascotas la mejor cobertura veterinaria en caso de accidente sino que te ahorras muchos problemas frente a posibles daños a terceros.

 

Los seguros para animales de compañía no son obligatorios salvo en el caso de aquellas razas de perro que forman parte del listado de las denominadas “potencialmente peligrosas” (PPP). No obstante, cada comunidad autónoma aplica una normativa diferente que conviene consultar antes de tener un animal de compañía.

 

 

¿Qué ventajas tiene asegurar a tu mascota?


Asegurar a tu mascota implica, por un lado, disfrutar de una cobertura básica de Responsabilidad civil que te protegerá en el caso de que tu animal de compañía provoque daños a terceras personas o a sus propiedades. La compañía aseguradora no solo se hace cargo de este tipo de indemnizaciones a terceros. Sus servicios también incluyen los gastos veterinarios derivados de situaciones imprevistas (atropellos, peleas con otros perros, accidentes de tráfico, caídas, ingestión de cuerpos extraños…) y las indemnizaciones por muerte o sacrificio del animal.
 

 

¿Requisito para beneficiarte de estas ventajas?

 

Es imprescindible y obligatorio registrar a tu mascota en el censo municipal.

 

La contratación de una póliza para animales de compañía está condicionada por la correcta identificación y registro de tu mascota en el censo municipal. ¿Cómo se lleva a cabo este proceso? Con frecuencia los trámites pueden presentar alguna variación entre un municipio y otro, pero los aspectos básicos del registro de mascotas son:

 

  • Cumplir con el requisito de admisión: la identificación electrónica con un microchip homologado que le colocarán al animal en cualquier centro veterinario. Te entregarán un documento de identificación tras el proceso.
  • Que el propietario sea mayor de edad y residente en el municipio correspondiente. Lo justificarás con la presentación del DNI.
  • Rellenar el formulario de inscripción en el Registro censal de animales de compañía y animales salvajes en cautividad.
  • Pagar las tasas correspondientes (en el caso de que fueran aplicables).

Por lo general, los ayuntamientos ofrecen al ciudadano facilidades para que estos trámites se puedan realizar de forma telemática, por teléfono o presencial.

 

 

 

 

 

 

Si quieres más información, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, tenemos el mejor seguro para ti.    

 

Summa Insurance

Tel: 91 570 09 24

info@summaseguros.com

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